En el contexto del apoyo a la familia, el subsidio familiar es una prestación monetaria que se atribuye a las familias mensualmente para compensar los gastos familiares relacionados con el apoyo y la educación de los niños y jóvenes. Tienen derecho a este suplemento los padres que viven en Portugal o en una situación equivalente, que en la fecha de la solicitud cumplan las condiciones de atribución
Además de los ciudadanos portugueses que viven en Portugal, también tienen derecho a prestaciones familiares:
- Los ciudadanos extranjeros amparados por un acuerdo internacional o por la legislación comunitaria;
- Ciudadanos extranjeros no amparados por un acuerdo internacional o legislación comunitaria con un permiso de residencia válido en Portugal (personas equivalentes a los residentes)
Condiciones:
- Residentes en Portugal o equivalente a residentes
- Que no trabajan;
- Cuyas familias tienen un ingreso de referencia por debajo del valor límite.
El subsidio familiar para niños y jóvenes es un valor en efectivo, que se paga mensualmente, para ayudar a las familias a mantener y educar a los niños y jóvenes. La madre del niño también puede solicitar el subsidio prenatal, que puede solicitarse durante el embarazo (a partir de la 13ª semana) o después del nacimiento del niño (durante 6 meses a partir del mes siguiente al nacimiento).
¿Quién puede preguntar?
- o Los padres, representantes legales y otros adultos que viven con el niño o el joven.
- o La persona o entidad que tiene al niño o joven a su cargo.
- o El propio joven, si es mayor de 18 años.
Subsidios de maternidad, paternidad y adopción: El subsidio de paternidad es una cantidad en efectivo que se paga al padre o a otros titulares del derecho a la paternidad, que se encuentran en licencia por nacimiento y que tiene por objeto reemplazar las ganancias del trabajo perdido durante el período de licencia.
Condiciones:
- Disponer de un período de garantía de 6 meses naturales, consecutivos o interpolados, con un registro de remuneración, en la fecha de incapacidad para trabajar;
- Disfrutar de las respectivas licencias, ausencias y despidos no remunerados en los términos del Código de Trabajo o períodos equivalentes;
- Tener pagadas las cotizaciones a la Seguridad Social al final del tercer mes inmediatamente anterior al mes en que deje de trabajar por nacimiento de su hijo, si trabaja por cuenta propia o si está afiliado al seguro social voluntario.
En el ámbito de la maternidad, la paternidad y la adopción existen también los siguientes subsidios: Subsidio por riesgo clínico durante el embarazo; Terminación del embarazo; Subsidio por riesgos específicos; Subsidio por cuidado de los hijos (en caso de enfermedad o accidente); Subsidio de asistencia a los niños con discapacidades o enfermedades crónicas; Subsidio de asistencia al nieto.
Subsidio parental inicial exclusivo de la madre: Se concede por un período de hasta 72 días, en el cual:
- Un máximo de 30 días se toman voluntariamente antes del parto;
- 42 días (6 semanas) son obligatorios y se toman inmediatamente después del parto.
Prestación parental inicial exclusiva del padre o titular del derecho a la paternidad:
20 días laborables obligatorios, de los cuales:
- o 5 días seguidos, inmediatamente después del nacimiento del niño
- o 15 días seguidos o no, en las 6 semanas siguientes al nacimiento del niño
- 5 días laborables opcionales, seguidos o no, siempre que se tomen después de los 20 días laborables obligatorios y durante el período en que se concede el subsidio parental inicial de la madre.
En el caso del nacimiento de mellizos, cada uno de los períodos mencionados se incrementa en 2 días por cada niño nacido vivo, además del primero, para disfrutar inmediatamente después de cada uno de esos períodos.
- appeal procedures
- Seguridad Social Directa- rellene el formulario en línea y entregue la documentación escaneada.
- Servicios de asistencia de la Seguridad Social – presenta los formularios en papel y los documentos indicados en ellos.
Subsidio familiar:
- RP5045-DGSS: Solicitud de subsidio familiar prenatal y subsidio familiar para niños y jóvenes.
- GF37-DGSS: Solicitud de alteración de elementos -Pagos por cargas familiares.
- GF54-DGSS: Declaración -Composición e ingresos familiares.
- GF58-DGSS: Solicitud de revalorización de la escala de ingresos
Maternidad, paternidad y adopción:
- RP5049-DGSS: Solicitud de subsidios parentales y parentales ampliados.
- RP5050-DGSS: Solicitud de subsidios para la adopción y la adopción para la licencia ampliada.
- RP5051-DGSS: Solicitud de subsidios por riesgo clínico durante el embarazo, por interrupción del embarazo y por riesgos específicos.
- RP5052-DGSS: Solicitud de subsidio para el cuidado de niños.
- RP5053-DGSS: Solicitud de subsidio para la asistencia a niños con discapacidades o enfermedades crónicas.
- RP5054-DGSS: Solicitud de subsidio para la asistencia a los nietos.
Para más información:
file:///C:/Users/ANJAF012/AppData/Local/Temp/missoc-ssg-PT-2019-pt-1.pdf
http://www.seg-social.pt/maternidade-e-paternidade