Los ciudadanos extranjeros mayores de 66 años que hayan trabajado y pagado la seguridad social portuguesa durante más de 15 años tienen derecho a una pensión de vejez.
Para solicitar la Pensión de Vejez puede ir a
- A la página web de la Seguridad Social Directa.
- En los servicios de la Seguridad Social, incluyendo el Centro Nacional de Pensiones.
- Si vive en el extranjero, la solicitud de pensión se presenta ante la institución de la Seguridad Social del país de residencia, si existe un acuerdo internacional de Seguridad Social con Portugal, o ante el Centro Nacional de Pensiones, si no: Envío por correo (Si envía el formulario por este medio, también debe enviar un sobre dirigido y sellado a la Seguridad Social para devolver el recibo que acredite la entrega del pedido)
Si no es residente, es posible que sus ingresos sean gravados dos veces, ya que vive como pensionista en un país y recibe una pensión de otro país.
En estas situaciones, siempre estará sujeto al régimen fiscal de su país de residencia, pero es posible que también tenga que pagar impuestos en el otro país.
Los documentos que deben proporcionarse:
Formulários
- Solicitud de pensión de vejez
- Declaración de la actividad profesional realizada (sólo para las profesiones con un régimen especial de pensión de vejez) http://www.seg-social.pt/documents/10152/38334/RP_5023_DGSS/53e6be58-3700-45ec-b935-74f845a3b42a
- Declaración de propiedad de otras pensiones http://www.seg-social.pt/documents/10152/9909244/RP_5080_DGSS.pdf/51978783-0d77-4536-82ac-9a9b772279a5
Documentos
- Documento de identificación del beneficiario válido (tarjeta de ciudadano, tarjeta de identidad, certificado de registro civil, certificado de nacimiento, pasaporte).
- Tarjeta de contribuyente.
- Documento de identificación válido (cédula de ciudadanía, cédula de identidad, certificado de registro civil, certificado de nacimiento, pasaporte) de la persona que firmó la solicitud (si el beneficiario no sabe o no puede firmar).
- Declaración de la actividad profesional realizada – RP5023-DGSS (sólo para las profesiones con un régimen especial de previsión de la vejez)
- Fotocopia de los documentos que demuestren el tiempo de servicio militar obligatorio (libreta militar o certificado expedido por el distrito de reclutamiento y movilización correspondiente) en caso de que ese tiempo no se haya contabilizado todavía.
Documento que acredite el número de identificación bancaria (NIB / IBAN) que contenga el nombre del solicitante como titular de la cuenta.
El pago de la pensión de vejez es vitalicio y termina con el fallecimiento del pensionista, a menos que se produzca otro impedimento.
Si vive en Portugal, puede hacer un pedido en los servicios de asistencia del Centro Distrital de Seguridad Social de la zona donde vive, en el Centro Nacional de Pensiones o en Internet, en www.seg-social.pt, en el servicio de Seguridad Social Directa (sólo para pensiones de vejez);
y si reside en el extranjero, en uno de los países pertenecientes a la Unión Europea, en los países del EEE (Espacio Económico Europeo) que no forman parte de la UE, Suiza y Turquía, en los países que tienen acuerdos internacionales de seguridad social con Portugal, puede presentar la solicitud en Internet, en www.seg-social.pt, en el servicio directo de la Seguridad Social (sólo para las pensiones de vejez o en las instituciones internacionales previstas a tal efecto)
Para más información: