El seguro de vida por accidente (GAV) sirve para proteger al asegurado, y posiblemente a su familia, de las consecuencias de los accidentes cotidianos. El asegurador indemniza al asegurado que es víctima de un accidente, si no se identifica al responsable o si el propio asegurado es responsable. Los contratos ofrecidos por las aseguradoras varían, algunos elementos de la garantía pueden estar ya cubiertos por otros seguros (seguridad social, salud complementaria, tarjeta bancaria, etc.).
La cobertura puede aplicarse únicamente al asegurado o incluir también a sus hijos y a su cónyuge, pareja del PACS o conviviente.
La cobertura de accidentes de vida cubre las lesiones corporales relacionadas con:
- lesiones domésticas (quemaduras, caídas, bricolaje, jardinería, envenenamiento, etc.).
- accidentes ocurridos en el transcurso de actividades de ocio (deportes, viajes, etc.)
- accidentes naturales (tormenta, avalancha, terremoto, etc.) o tecnológicos (por ejemplo, el derrumbe de una tienda),
- accidentes médicos (consecuencias anormales e imprevisibles de los actos médicos)
- ataques o agresiones.
No cubre los daños corporales relacionados con los accidentes de tráfico y los accidentes de trabajo, cuya indemnización está cubierta por otros seguros.
Los asegurados también pueden incluir cláusulas de exclusión en la póliza para riesgos específicamente designados (por ejemplo, accidentes relacionados con la práctica de determinados deportes).
Documentos a aportar:
- Una copia de su documento de identidad (también se acepta el pasaporte).
- Una copia de su contrato de trabajo o del último recibo de sueldo.
- Comprobante de domicilio por más de 3 meses si no es empleado
- una RIB (declaración de identidad bancaria)
Derechos de inscripción: gratuitos
>Declaración de accidente causado por un tercero: