La protección social se organiza en cuatro niveles:
La Seguridad Social ofrece una cobertura básica para los riesgos de “enfermedad/maternidad/invalidez/muerte”, “accidentes de trabajo/enfermedades profesionales”, “vejez” y “familia”. Consta de varios regímenes que agrupan a los asegurados en función de su profesión, siendo los principales
- el régimen general: cubre a la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena, los estudiantes, los beneficiarios de determinadas prestaciones y los residentes ordinarios. Desde enero de 2018, la protección social de los trabajadores autónomos (artesanos, comerciantes, emprendedores, autónomos, etc.), antes gestionada por la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos (RSI), se encomienda al régimen general;
- regímenes especiales: cubren a los trabajadores no cubiertos por el régimen general (funcionarios, empleados de la SNCF, notarios, etc.);
- el régimen agrícola: proporciona protección social a los agricultores y trabajadores agrícolas. Es el único régimen de seguridad social que no depende del Ministerio de Asuntos Sociales, sino del Ministerio de Agricultura.
Los llamados regímenes complementarios pueden ofrecer una cobertura adicional para los riesgos cubiertos por la seguridad social. Algunos son obligatorios (regímenes de pensiones complementarias para los trabajadores del sector privado) y otros son voluntarios (mutuas de seguros de enfermedad, compañías de seguros, sociedades de previsión).
La Unión Nacional para el Empleo en la Industria y el Comercio (UNEDIC) administra el régimen de seguro de desempleo.
Por último, la asistencia social estatal y departamental proporciona ayuda a los más pobres.
La RSA es el mínimo social más extendido, que afecta a unos 2,5 millones de personas cada año. Detrás se encuentra el subsidio para adultos discapacitados, luego el subsidio de solidaridad para las personas mayores y el subsidio específico de solidaridad (SSA) para los desempleados al final de su derecho.
Documentos a aportar:
- Una copia del DNI (también se acepta el pasaporte)
- Comprobante de domicilio de más de 3 meses
- Prueba de recursos financieros
- El libro de familia
- una RIB (Declaración de Identidad Bancaria)Tasas de registro: gratuitas
Para más información:
https://www.vie-publique.fr/fiches/37954-prestations-familiales-sous-conditions-de-ressources